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Me encantan las redes sociales. Anoche pasó algo maravilloso en Twitter, para variar. El tomate se ha visto sacudido por un tema más turbio que el pasado artístico de Mía Khalifa. Y es que desde el año 2008, el mundo del tomate no había dado tanto juego.

 



 

Mi movida tomatil

Resulta que anoche me encontraba cenando (es un hábito que intento mantener a diario), cuando sin previo aviso divisé ante mis ojos alimentarios algo inusual en el etiquetado de un producto. Antes de nada os describo la estampa: en mi plato había una preparación culinaria de dudosa apetencia inundada de tomate frito. Pero eso es otro tema que no viene al caso, dejémoslo en que mi habilidad culinaria a veces es bastante lamentable.

Pues bien, como siempre me gusta escudriñar el etiquetado alimentario de lo que me meto a la boca. Me detuve al divisar con atención los ingredientes del mencionado tomate frito, marca Orlando, y resulta que encontré al lado del ingrediente principal “Tomate” una aclaración entre paréntesis que decía casi como un susurro al oído: “160 gramos de tomate por cada 100 gramos de tomate frito”. Pensé, “joder esto no tiene sentido”, como un vegano viendo una corrida de toros. ¿Cómo va a tener más tomate el producto en su interior de lo que permiten las leyes físicas en este universo? Mi mente colapsó cuál Big Bang, y no Theory precisamente.

Y es que para poneros en situación…

Era tarde, estaba cansado y mi mente se hallaba en modo reposo. Maldita sea, eso suena a excusa. Está bien, pensaré algo mejor. Mi tomate frito predilecto, y el que consumo de forma habitual es el de la marca Hida, o en su defecto Sandoval cuando no encuentro al titular en el super. Dos tomates fritos con “trocitos” y un gran sabor, no ese líquido soso y aburrido que os metéis al cuerpo el resto de humanos. Sí, ambas marcas son murcianas. ¿Tendrá algo que ver en mi veredicto? Os prometo que no, al menos no de forma consciente.

 

 

Ambos productos destacan por una calidad bastante aceptable en cuanto a materia prima, de hecho están elaborados con aceite de oliva virgen extra, ingrediente que no verás en los formatos habituales de Orlando, Solís y toda esa mierdecilla. Sus únicos ingredientes son: tomate, aceite de oliva virgen extra, azúcar y sal. De hecho no aparece nada más, ni siquiera cuánto tomate han utilizado originalmente para elaborar este producto ni pepinillos en vinagre. Por eso mismo me extrañé soberanamente al leer ese texto confuso en la etiqueta de Orlando, no lo había visto nunca.

 

¿Qué fue lo que hice?

Como no me puedo callar ni debajo del agua (bien lo saben en mi casa), quisé pedir ayuda a mis amigos de “Internete” a través de las redes sociales.

 

 

Menos mal que hay gente más lista que yo, sino el mundo se iría a pique. Muchos profesionales de la alimentación me respondieron lo mismo: “Quiere decir que han necesitado 160 gramos de tomate para elaborar 100 gramos de tomate frito”. En ese momento pensé: “Mario, eres retrasado”. Quizá otra persona se hubiera callado por miedo a quedar mal delante de sus “seguidores”, pero como yo no sigo modas esa parte me preocupó poco. Sabía internamente que debía tratarse de algo sumamente sencillo. Pero como ya os he dicho, en ese momento el cable no hizo conexión.

Me sorprendió que un detalle así se me pasara por alto, teniendo en cuenta que hace poco escudriñé de arriba a abajo el Reglamento 1169/2011 que rige actualmente la normativa europea en cuanto al etiquetado de los alimentos, de hecho en mi primera incursión como Youtuber os hablé de este asunto.

 


 

 

 

 

 

 

 

 

 

Esta es una prueba más de que es imposible saberlo todo, y más en el mundo de la alimentación. Nuestro sector es mucho más complejo de lo que muchas personas se puedan imaginar. La industria alimentaria tiene mil caras, puedes ser muy experto en un campo que eso no te garantiza dominar todos los palos. Una industria láctea no tiene nada que ver con una de conservas vegetales para nada, por ejemplo. Pero de eso ya hablaremos otro día.

 

La reflexión tomatil

A raíz de mi cuestionable vídeo, surgió un debate improvisado donde intervinieron varios compañeros divulgadores. Algunas de sus palabras me hicieron reflexionar. Posiblemente las que más fueron las de mi querido compañero Daniel Ursúa, profesional en el ámbito de la Nutrición y Dietética:

 

 

Esto es algo sobre lo que merece la pena reflexionar. Actualmente nos enfrentamos a un problema muy gordo, y es que los consumidores no somos capaces de entender las etiquetas con las que la industria alimentaria pretende informarnos. ¿De qué sirve echarle más leña al fuego y complicarlo más? En los últimos años estamos haciendo mucho hincapié en conocer la composición real de los productos que ingerimos, es decir el % de cada ingrediente que existe dentro de cada producto. ¿Realmente es útil saber qué cantidad de materia prima se ha utilizado originalmente para dar lugar a un producto? ¿No es más interesante saber lo que realmente te estás comiendo en el momento? Puede que la respuesta a ambas preguntas sea que sí, al menos en parte. Sin embargo creo que este tipo de información debería indicarse de otra forma, al menos sin aparecer en el listado de ingredientes con esa relación cuantitativa liosa.

 



 

Con la ley hemos topado

Después, Gemma del Caño (que lo está petando últimamente en el mundo de la divulgación, y con razón), nos recordó que efectivamente la ley es la ley. Podemos debatir todo lo que queramos sobre este dilema ortográfico-alimentario, pero en efecto el peso de la ley es incuestionable.

 

 

No es que no me fíe yo de Gemma, Dios me libre. Pero ya me conocéis, como cualquier amante de la ciencia que se precie me gusta demostrar las cosas por mí mismo. Así que volví a zambullirme en el dichoso Reglamento 1169/2011 buscando respuestas. ¿Realmente era obligatorio indicar la cantidad de materia prima de esa forma? ¿Eso quería decir que mis queridos tomaticos murcianos estaban incumpliendo la normativa vigente? No, me negaba a creer eso.

¿Y qué me encontré? Pues muchas más dudas. El artículo 22 habla de la Indicación cuantitativa de ingredientes:

 

Efectivamente y como no podía ser de otra forma, @farmagemma llevaba más razón que una santa. De acuerdo con este apartado (punto A y B), mis tomaticos murcianicos incumplen la normativa. Efectivamente es obligatorio indicar el % del ingrediente principal que figura en la denominación del alimento. Ambos productos Hida y Sandoval solo indican el % de aceite de oliva virgen extra, el ingrediente más guay. Dejadme, me voy a llorar debajo de un limonero.

Pero había algo más, en el anexo VIII del mencionado reglamento se indicaban algunas excepciones y lo más importante: la forma de expresar dicho contenido en la etiqueta. Allá que fui como un loco, esa podía ser la llave que estaba buscando.

 

 



 

 

Y así fue. En los puntos 3 y 4 se detallaba que:

 

 

 

“A menos que dicha cantidad o la cantidad total de todos los ingredientes indicados en el etiquetado supere el 100%, en cuyo caso la cantidad de indicará en función del peso del ingrediente o de los ingredientes utilizados para preparar 100 g del producto acabado”

 

Esto zanjaba el dichoso asunto de raíz, los “160 gramos de tomate por 100 gramos de tomate frito”. Fin del tema.

 

Buscando explicaciones

Pero… ahora la discordia se cernía sobre mis tomates murcianos. ¿Lo estaban haciendo mal? Otros muchos puntos del anexo son algo ambiguos, y quizá justifiquen la ausencia de la cantidad de tomate como tal.

¿Podría otro motivo ser que el producto “no pierde humedad” en su producción por el empleo de alguna técnica distinta, o al menos no la suficiente como para considerar este punto del Reglamento?. Aquí entraban en juego algunos factores que no era capaz de desentrañar. Así que solo quedaba una opción: pasarse por una de las fábricas. Por suerte no hizo falta ya que se cumplió el viejo dicho, “si SefiFood no va a la industria, la industria va a SefiFood” Y así fue. Casi que mejor, porque hubiera sido gracioso ver la cara que se le hubiera quedado al recepcionista ante mi llegada.

 



 

Resulta que uno tiene sus contactos, y por suerte pude aclarar de primera mano algunos de los siguientes puntos:

  1. La materia prima siempre es tomate natural, por lo que queda descartada cualquier diferencia en el etiquetado que obedezca a la forma en la que se utiliza la materia prima original.
  2. El proceso de producción es el mismo que se hace en todos sitios, no es un misterio vamos. Tomate, aceite de oliva virgen extra, sal, azúcar y a cocer. El tomate pierde agua por evaporación y obviamente ve reducido su peso y se concentra. Vamos, que más fácil imposible. Esta parte no tenía vuelta de hoja.

 

Después de hablar con mi informador os explicaré las diferentes conclusiones a las que he llegado que podrían explicar lo que narices pasa con su etiquetado:

  1. Como bien he dicho arriba, puede que haya algún vacío legal en el Reglamento que permita la ausencia de la cantidad en peso de tomate por tomate frito en el etiquetado. Yo no he sido capaz de encontrarlo.
  2. La opción que más pupita le hace a mi corasón murciano. Las empresas tienen un etiquetado incorrecto, bien por una negligencia grave (cosa que dudo por tratarse de grandes compañías), o bien porque simplemente aún no se han adaptado a la nueva norma, algo que no justificaría en ningún caso este problema.

Si alguien encuentra la solución a la incógnita queda invitado amablemente a exponerlo en los comentarios con argumentos.

 

Terminamos, que se me enfría el cocido.

Tras lo acontecido no podía dejar de reflexionar sobre este asunto rojizo. Si alguien como yo, que se pasa el día leyendo etiquetas había encontrado este problema de comprensión… ¿una persona que no esté medianamente familiarizada con la nutrición podría entender algo? Mi conclusión fue que no. Pregunté a varias personas fuera del ámbito divulgativo, y casi todas supieron interpretar de forma correcta este galimatías cuantitativo que a mí me dejó los sesos del revés. Sin embargo concluyeron lo mismo, uno de ellos me dijo exactamente:“supongo que para obtener 100 g gastan 160 g, pero está explicado como el culo”. La sutileza y el mimo por la expresión lingüística es algo que siempre ha formado parte de la cultura popular murciana, como podéis ver.



Tenemos un panorama sombrío por delante en cuanto a la información nutricional que lanzamos a los consumidores, como por ejemplo el hecho de que el etiquetado actual no distinga entre azúcar añadido y el azúcar que poseen los alimentos por su propia naturaleza (entre otras muchas cosas)… ¿realmente este sistema es eficaz y útil para el consumidor?. Cierto es que puede parecer una chorrada. Al contrario de lo que diría el maestro Raphael, está claro que ayer no fue mi gran noche

Sin embargo mantengo lo dicho: las leyes que regulan el mundo de la alimentación tienen que mejorar mucho en todos los ámbitos, y más si queremos mantener a la población bien informada y evitar que caigan en las garras de la pseudociencia.

 

Para finalizar te dejo un regalito. Sí, sí, a ti. Ya que has tenido el valor suficiente para leerte todo el post, aquí tienes un extra de mi labor de investigación por el supermercado donde verás que el resto de marcas cumplen perfectamente con el Reglamento 1169, por ello no lo he destacado en el artículo.

La música es conmovedora, lo sé. Es algo parecido a lo que escuchan mis oídos cada vez que voy a hacer la compra.

 

Incursión legendaria en el supermercado. Sin cortes ni efectos añadidos, 100% natural.

 

4 COMENTARIOS

  1. ¡Hola Mario!

    Me ha gustado mucho el post, muy interesante, tampoco conocía esos puntos del reglamento 1169, de una duda has sacado una gran reflexión de la que has aprendido tú y yo también al leerte.
    Desde mi punto de vista sería más sencillo de comprender poner el porcentaje de ingredientes en base a peso total de materia prima antes de su elaboración y no sobre producto final, pero quizás la esté liando yo también con este pensamiento.

    Por otro lado, aunque esas marcas murcianas parece que no cumplen la normativa tienen buenos ingredientes, es difícil encontrar tomate frito con aceite de oliva virgen extra, por aquí en Salamanca no he visto ninguna marca de tomate frito decente así que lo que me toca es comprarlo triturado natural o hacerlo yo misma que al final casi que me resulta más práctico así lo hago a demanda porque los botes son demasiado grandes y no gasto tanto en el poco tiempo que duran abiertos.

    Sigue divulgando así de bien :).

  2. Muy buenas Leticia!

    Me alegro mucho de que te haya gustado. Creo que es bueno tocar estos asuntos en profundidad, porque como bien dices todos aprendemos mucho. Los Reglamentos son tan densos… que no somos capaces de llegar a mucha de la información que nos sería realmente útil para comprender ciertas cosas.

    Efectivamente existen muchos métodos, yo siempre elegiría el que aporte información válida y de fácil comprensión para el consumidor.

    Tienes toda la razón, ambos productos tienen una excelente calidad y destacan por ello sobre el resto de tomates fritos de la competencia (al menos de los que yo conozco y se ven por Murcia). Por lo que si dejamos a un lado el etiquetado son productos que merecen mucho la pena.

    Gracias por tu comentario, ¡nos leemos por las redes!

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