Complementos alimenticios, cómo están regulados
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Este pasado fin de semana colaboré en el diario La Vanguardia para abordar la situación actual de los complementos alimenticios, una clasificación de productos que cada vez encontramos más presentes en nuestros supermercados y cuya demanda por parte del consumidor va en aumento. Pero la pregunta que debemos hacernos es: ¿realmente son necesarios?

¿Qué es un complemento alimenticio?

Antes de nada, deberíamos definir qué es un complemento alimenticio ya que es un término que puede confundirse de forma bastante habitual con el término suplemento. Actualmente la legislación europea que aplica en este caso es el Reglamento 1170/2009, que define “las listas de vitaminas y minerales y sus formas que pueden añadirse a los alimentos, incluidos los complementos alimenticios”.

Y es que en este sentido, la legislación actual no distingue entre los términos “complemento” y “suplemento”, de hecho este último ni siquiera aparece reflejado en ninguna normativa vigente.

“Los complementos alimenticios son productos alimenticios que contienen fuentes concentradas de nutrientes o de otras sustancias con efecto nutricional o fisiológico y cuyo fin es complementar la ingesta de tales nutrientes en la dieta normal”

Definición de complemento alimenticio según RD 1487/2009

Es decir, no existe ninguna normativa específica que hable de complementos alimenticios enfocados, por ejemplo, en la mejora del rendimiento deportivo. Por ello, en la actualidad todo se encuentra regulado bajo la misma normativa y podríamos decir que son términos equivalentes.

De hecho, hasta no hace mucho tiempo, ningún complemento dedicado al sector del deporte estaba reflejado en la legislación española. Con el Real Decreto 130/2018 se incluyó un listado de sustancias diferentes a vitaminas y minerales aprobadas para el uso en complementos alimenticios, como la creatina, inositol o jalea real. Cómo puedes ver, un “batiburrillo” de sustancias que no están clasificadas ni mucho menos según su finalidad.

Y claro, la mayoría de los productos consumidos dentro del mundo fitness vienen desde fuera de España, normalmente a través de la compra online. Por ello los especialistas en la materia insisten en la necesidad de una normativa específica que armonice todo lo relativo a los suplementos deportivos.

¿Son realmente necesarios?

Pues depende. Depende de muchos factores. Aquí tendríamos que obviar las sustancias utilizadas para el rendimiento deportivo, ya que su finalidad es la mejora de condiciones concretas, pero no cubrir ninguna necesidad o requerimiento por temas de salud. Aquí sí podríamos ver clara la distinción real entre la palabra complemento y suplemento.

Podemos establecer que, por lo general, con una dieta normal y equilibrada vas a conseguir todas las vitaminas y minerales necesarios para vivir. Sin embargo, existen circunstancias determinadas por las cuáles esto no va a ser posible. Bien por una patología o estilos de vida determinados es posible que no puedas llegar a conseguir todas las sustancias que necesitas, y por eso tengas que suplementarte, como es el caso de vegetarianos y veganos con la vitamina B12.

Una vez aclarada esa parte, voy a compartir con vosotros las respuestas que ofrecí a La Vanguardia en esta colaboración para ampliar toda la información relativa a esta temática:

“¿Pueden llegar a resultar tóxicos los complementos o suplementos alimenticios dedicados al rendimiento deportivo?”

La palabra “tóxico” suena demasiado alarmante, sin embargo bien es cierto que si hablamos de seguridad muchos estudios científicos señalan que la composición real de muchos de estos suplementos es cuanto menos dudosa. Son sin duda el sector más problemático, puesto que actualmente no existe una legislación específica que los recoja adecuadamente. Existen multitud de ellos, y como comentaba para la legislación actual todo es lo mismo (complementos alimenticios). Es complicado garantizar que su composición es la que dice la etiqueta, ya que no existen controles estandarizados debido a que es un mercado muy reciente. Si son eficaces o no es otra historia muy distinta. Actualmente hay pocas sustancias con evidencia científica para la mejora del rendimiento deportivo, algunas son creatina y cafeína, pero no hay muchas más.

“Quisiera saber tu opinión sobre la fitoterapia, los complementos basados en plantas y hierbas que no tienen vitaminas ni minerales pero sí otros principios. ¿Hay evidencia científica sólida de que funcionen?”

Normalmente este tipo de sustancias van acompañados de un pensamiento pseudocientífico bastante potente. Ningún producto de herbolario o naturopatía va a curar por si solo una enfermedad o dolencia. Por lo general son muy peligrosos, ya que ciertas personas suelen abandonar tratamientos médicos convencionales por estos remedios naturales que sirven para bastante poco. Aunque como todo, habrá estudios científicos que los avalen. Es muy importante tener en cuenta el contexto, cómo se aplican es muy fundamental así como la dosis del principio activo en cuestión.

“Y después están los alimentos enriquecidos, tipo huevos o leche con omega 3. ¿Tienen algún sentido?”

Este tipo de productos que comentas se encuentran catalogados bajo el término de alimentos funcionales. Por lo general no suelen tener un gran impacto en nuestra salud. En algunos casos sí que puede ser interesante su uso, para ciertas personas que tengan déficits de vitaminas o minerales por alguna enfermedad. O incluso alimentos determinados como la leche sin lactosa, que habitualmente viene acompañadas con vitamina D ya que al romper la lactosa también se disminuye la absorción de calcio de la leche. La vitamina D es clave para facilitar la absorción del calcio que tiene la leche. En estos casos es interesante, pero también está la parte mala, y es que si a un ultraprocesado le añades cualquier vitamina en una cantidad determinada podrías indicar una alegación saludable en el etiquetado, del tipo “ayuda a mejorar la concentración”, etc. Esto es peligroso, y actualmente la legislación europea lo permite.

“¿No sorprende que la legislación al respecto sea tan laxa, que los requisitos para su fabricación, control de calidad, y venta sean tan pocos, y que no se requiera prescripción facultativa?”

Si hablamos de alimentos funcionales esto no es así, lo único que van a provocar los mismos es una merma en tu bolsillo pero para nada en tu salud. Que no sean necesarios no quiere decir que sean perjudiciales para la salud. De hecho, los controles de calidad son bastante frecuentes y numerosos. Tanto para este tipo de productos como para cualquier otro. En ese sentido no está el problema, aunque la ley debe mejorar muchísimo y evolucionar. Tenemos normas vigentes que se crearon hace más de 35 años.

Pues esto ha sido todo. Espero que este post os haya servido para entender un poco más cómo esta el panorama actual respecto a los complementos alimenticios.

Recuerda: nosotros te damos la información, en tu mano está la decisión de qué comprar o que no comprar.

 

Clic aquí para leer el post en La Vanguardia:

“El mito del magnesio se derrumba”

 

Gracias por quedarte hasta el final,

Mario.